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Legalizaciones Para que un documento
otorgado por autoridades estadounidenses sea legalmente válido en Chile
debe presentarse en el Consulado cumpliendo los siguientes requisitos:
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Los
documentos deben ser firmados previamente por un Notario Público.
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La firma
del notario debe ser autentificada por el Secretario de Estado
(Secretary of State) de alguno de los seis Estados comprendidos en la
Jurisdiccion de este Consulado (Texas, Nuevo Mexico, Oklahoma,
Louisiana, Arkansas, Mississippi).
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Una vez
obtenidas estas firmas, se deben presentar en el Consulado para su
legalización.
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Este
trámite tiene un valor de US$ 12 por cada firma del Secretario de
Estado.
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Los
documentos para legalizar pueden ser enviados por correo para lo cual
se debe cancelar mediante un “money order” o cheque de compañía y se
debe adjuntar un sobre previamente franqueado para la respuesta . Si
el trámite se realiza personalmente, el pago se efectúa mediante
depósito directo del interesado en la cuenta del Consulado habilitada
para este fin.
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Después
de recibidos los documentos legalizados se deben presentar, para la
certificación de la firma del Cónsul, en la sección "Legalizaciones"
del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicada en la calle Agustinas
1320, Santiago de Chile.
Cuando los documentos a legalizar se
refieran a la transferencia de inmuebles o a la constitución, reforma o
poderes de sociedades que deban someterse al régimen de registro en el
Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Santiago, se recomienda
que estos documentos sean efectuados en el Consulado como escritura
pública, a fin de evitar el tramite adicional que requieren los
documentos legalizados en el extranjero, en el sentido ademas
necesitaran un decreto calificatorio que establezca la legalidad del
documento.
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